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CASO III-07 · PÁGS. 71–72 · SANTURBÁN

Nueve años sí transcurrieron,
pero el expediente siguió activo

VEREDICTONúcleo confirmado

No había nueva delimitación; responsabilidades siguen en trámite.

LO QUE DICE EL LIBRO · PÁGS. 71–72
La delimitación ordenada por la Corte en 2017 seguía incumplida y el Equipo Élite presentó queja por las omisiones en la protección del páramo.
01 / RESPALDO

La deuda institucional es verificable

La Sentencia T-361 dejó sin efectos la delimitación de 2014 por participación insuficiente y exigió un nuevo proceso previo, amplio, deliberativo y eficaz. En agosto de 2026 aún no existía un nuevo acto final integral. El expediente oficial registra requerimientos, audiencias, incidentes de desacato, respuestas y autos de seguimiento durante varias administraciones.

02 / LÍMITE

Demora no significa inactividad total

El micrositio incorpora actuaciones hasta julio de 2026, incluido un auto del Consejo de Estado sobre la consulta de una decisión de desacato y nuevas medidas de seguimiento. Eso no neutraliza el retraso, pero impide describir nueve años como ausencia absoluta de actividad. Tampoco debe mezclarse la delimitación integral con la metodología progresiva o con la reserva de La Baja.

LECTURA JUSTA

El incumplimiento temporal y el riesgo ambiental justifican un veredicto firme. La atribución personal exige repartir obligaciones por período, identificar obstáculos acreditados y consultar los expedientes disciplinarios y las decisiones del juez de cumplimiento. Una queja o un incidente abierto aún no determina responsabilidad individual.