CASO III-07 · PÁGS. 71–72 · SANTURBÁN
Nueve años sí transcurrieron,
pero el expediente siguió activo
No había nueva delimitación; responsabilidades siguen en trámite.
La delimitación ordenada por la Corte en 2017 seguía incumplida y el Equipo Élite presentó queja por las omisiones en la protección del páramo.
La deuda institucional es verificable
La Sentencia T-361 dejó sin efectos la delimitación de 2014 por participación insuficiente y exigió un nuevo proceso previo, amplio, deliberativo y eficaz. En agosto de 2026 aún no existía un nuevo acto final integral. El expediente oficial registra requerimientos, audiencias, incidentes de desacato, respuestas y autos de seguimiento durante varias administraciones.
Demora no significa inactividad total
El micrositio incorpora actuaciones hasta julio de 2026, incluido un auto del Consejo de Estado sobre la consulta de una decisión de desacato y nuevas medidas de seguimiento. Eso no neutraliza el retraso, pero impide describir nueve años como ausencia absoluta de actividad. Tampoco debe mezclarse la delimitación integral con la metodología progresiva o con la reserva de La Baja.
El incumplimiento temporal y el riesgo ambiental justifican un veredicto firme. La atribución personal exige repartir obligaciones por período, identificar obstáculos acreditados y consultar los expedientes disciplinarios y las decisiones del juez de cumplimiento. Una queja o un incidente abierto aún no determina responsabilidad individual.