# Contrapeso · actualización documental del 4 de septiembre de 2026

Corte editorial: 2026-09-04, Colombia. Preparación local para revisión; este dossier no acredita publicación del sitio. Las conclusiones distinguen hechos documentados, propuestas en consulta, declaraciones políticas e inferencias editoriales. Se mantienen las publicaciones originales de Educación (25 de agosto), pensiones (26) y PGN (28); la modificación se fecha el 4 de septiembre.

## 1. Educación: designación, posesión y perfil

- [Presidencia, 2 de septiembre: designación de Ilva Myriam Hoyos](https://www.presidencia.gov.co/prensa/Paginas/Presidente-De-La-Espriella-designa-a-Ilva-Myriam-Hoyos-como-Ministra-de-Educacion-260902.aspx). Confirma el anuncio de reemplazo de Viviane Morales; no sustituye acta de posesión.
- [Universidad de La Sabana, autores](https://editorial.unisabana.edu.co/autores/): entrada Ilva Myriam Hoyos Castañeda, formación y trayectoria académica.
- [Conferencia Episcopal, Líneas operativas para la cultura del cuidado, segunda versión, marzo de 2026](https://www.cec.org.co/sites/default/files/2026-04/L%C3%ADneas%20Operativas%20para%20la%20Cultura%20del%20Cuidado%20CEC%20-%202a.%20Versi%C3%B3n%20-%202026.pdf#page=3), p. 3: presidencia del Consejo Nacional para la Cultura del Cuidado.
- [Kienyke, perfil del 3 de septiembre](https://www.kienyke.com/politica/quien-es-ilva-myriam-hoyos-nueva-ministra-de-educacion): contraste sobre Rosario, Navarra y funciones en Procuraduría.

Se añade una biografía de 100–150 palabras. Se conserva a Viviane Aleyda Morales Hoyos como firmante histórica del balance de Educación del libro. Su respuesta de agosto sobre contratación sigue atribuida a ella, con su fecha. La designación no prueba posesión, expedición del proyecto escolar ni resultados de gestión de la designada. Posesión no verificada al corte. El análisis normativo previo queda identificado por su corte original, sin convertir esta actualización biográfica en una nueva certificación del estado del decreto.

## 2. Distritos mineros: finalidad y alcance derogatorio

### Fuentes

- [Consulta de MinMinas](https://www.minenergia.gov.co/es/servicio-al-ciudadano/foros/derogar-las-resoluciones-mediante-las-cuales-se-delimitaron-los-distritos-mineros-especiales-para-la-diversificacion-productiva/): 3 a 18 de septiembre de 2026.
- [Proyecto de resolución](https://www.minenergia.gov.co/documents/16363/Resolucion_Derogatoria_Distritos_MME_FINAL.pdf), 8 páginas: considerandos y diagnóstico pp. 1–6; art. 1 y listado p. 7; extensión a anexos, actualización de información y vigencia p. 8.
- [Memoria justificativa](https://www.minenergia.gov.co/documents/16364/Memoria_Justificativa_Distritos_FINAL.pdf), 13 páginas: justificación de conveniencia y ejecución. Sus afirmaciones sobre planes, costos e inversión se atribuyen al Gobierno.
- [Ley 2294 de 2023, artículo 231](https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/pdf/ley_2294_2023.pdf): fuente legal de los distritos.
- [Decreto 977 de 2024, Función Pública](https://www1.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=246896): arts. 2.2.5.12.2.1–2.3 (criterios, delimitación y capa informativa), 2.2.5.12.3.3 (funciones de la mesa), 2.2.5.12.4.1 (plan estratégico). El art. 2.2.5.12.3.3.3 contempla sustitución/reubicación para minería artesanal y pequeña sin título ni licencia en zonas excluidas, no cierre general de toda minería distrital.
- [Resolución 40577 de 2025, Bajo Cauca](https://normograma.sena.edu.co/compilacion/docs/resolucion_minminas_40577_2025.htm): sustituye la 40436 del 18 de octubre de 2024; Diario Oficial 53.321 del 1 de diciembre de 2025. Delimitación y remisiones al régimen de zonas excluidas/restringidas.
- [Resolución 40143 de 2026, Telembí](https://normograma.sena.edu.co/compilacion/docs/resolucion_minminas_40143_2026.htm): 3 de marzo de 2026, art. 1; Barbacoas, Magüí Payán y Roberto Payán, aproximadamente 600.519 ha. [Ficha ministerial del acto](https://normativame.minenergia.gov.co/normatividad/7613/norma/).

### Conteo y discrepancias

El art. 1 tiene **15 entradas territoriales**, no diez. Bajo Cauca cuenta una vez pese a sus dos resoluciones sucesivas. La memoria deja dos entradas sin número (Litoral Pacífico y Norte del Cauca); no se interpreta su último numeral como total.

| Entrada | Distrito | Acto citado por el borrador |
| --- | --- | --- |
| 1 | Bajo Cauca | 40436/2024 sustituida por 40577/2025 |
| 2 | Triángulo de Telembí | 40143/2025: año incorrecto frente al original 40143/2026 |
| 3 | Cordillera Nariñense | 40142/2026 |
| 4 | Noroccidente Nariñense | 40180/2026 |
| 5 | San Juan Chocó | 40189/2026 |
| 6 | Huila | 40231/2026 |
| 7 | Valle del Cauca | 40236/2026 |
| 8 | Sugamuxi Tundama | 40251/2026 |
| 9 | Sur de Córdoba | 40351/2026 |
| 10 | La Guajira | 40406/2026 |
| 11 | Litoral Pacífico | 40188/2026 |
| 12 | Norte del Cauca | 40184/2026 |
| 13 | Corredor de Vida del Cesar | 40407/2026 |
| 14 | Santander 1 (Norte de Santander según el proyecto) | 40322/2026 |
| 15 | Santander 2 (Norte de Santander según el proyecto) | 40344/2026 |

Además del año incorrecto de Telembí, el proyecto afirma que han pasado más de dos años desde el 18 de octubre de 2024: al 3 de septiembre de 2026 no habían transcurrido dos años. Se conserva el rótulo «Pacífico» sin convertirlo en departamento.

Conclusión jurídica delimitada: los distritos combinan minería, diversificación, coordinación y protección socioambiental. Su ley no impone una prohibición general de minería. El borrador retiraría delimitaciones, anexos y modificaciones; no deroga el artículo 231 ni el Decreto 977. No concede títulos, licencias ni elimina exclusiones ambientales. Art. 2: actualización de sistemas en treinta días; art. 4: vigencia al día siguiente de publicación en Diario Oficial.

### Ampliación del propósito y del contraste · 5 de septiembre

El artículo 231 parte de regiones donde ya se desarrollan operaciones y proyectos mineros. El Decreto 977 concreta un componente minero con fiscalización de títulos existentes, áreas para formalización, avance coordinado de formalización y licenciamiento ambiental, asociatividad de pequeña minería e industrialización. La delimitación debía activar una Mesa de Trabajo Interinstitucional y un Plan Estratégico de Gestión; era el inicio del instrumento, no su resultado final.

- [MinEnergía, presentación de Telembí y Abades, 5 de marzo de 2026](https://www.minenergia.gov.co/es/sala-de-prensa/noticias-index/el-gobierno-petro-le-cumple-a-narino-delimita-los-distritos-mineros-del-triangulo-del-telembi-y-abades-para-ordenar-formalizar-y-construir-paz/): describe formalización, producción minera, comercialización justa y una fase participativa para formular planes a cuatro años con más de treinta entidades.
- [Memorias de MinEnergía al Congreso 2023–2024](https://www.minenergia.gov.co/documents/12320/Memorias_al_Congreso_de_la_Republica_2023-2024.pdf#page=62), pp. 62–65: reporta tres mecanismos con 65 mineros formalizados y 184 procesos con 1.500 personas estimadas en tránsito a formalización dentro de nueve distritos, además de asistencia técnica y acuerdos institucionales. El reporte antecede a la mayoría de las delimitaciones de 2026, por lo que no demuestra resultados causados por esos actos; sí documenta actividad pública bajo la estrategia territorial.
- [ANM, intervención en el Congreso Nacional de Minería, 4 de septiembre de 2026](https://www.anm.gov.co/no-tiene-sentido-que-haya-pobreza-en-el-suelo-y-riqueza-en-el-subsuelo-juan-camilo-valencia): confirma el giro de política hacia promoción, competitividad y simplificación de trámites. No demuestra por sí mismo que las delimitaciones hayan bloqueado minería.

La memoria derogatoria afirma a la vez que no hubo Planes Estratégicos ni acciones ejecutadas al amparo de las resoluciones y que las delimitaciones generaron incertidumbre sobre inversión, exploración y regalías. No individualiza el trámite, título, solicitud o proyecto afectado en cada distrito ni aporta una estimación causal. También reconoce que títulos, licencias, permisos, solicitudes y POT nunca dependieron de las resoluciones. Por eso se distingue entre falta de implementación del componente de gestión, actividad pública previa o paralela en los territorios y prueba de un bloqueo jurídico. Las declaraciones atribuidas a la ministra María Nohemí Arboleda en el Congreso del 3 de septiembre quedan como reporte de prensa hasta localizar video o transcripción primaria completa.

Límites: cotejo directo de las delimitaciones de Bajo Cauca y Telembí; las otras trece entradas se transcriben del alcance propuesto y no se certifican todos sus anexos. No se auditó la unión geográfica de las al menos 5.340.192 ha mencionadas por el Gobierno; no se suman polígonos potencialmente superpuestos. Falta una matriz verificable de planes, trámites bloqueados, costos y resultados por distrito, respuestas a comentarios y acto definitivo publicado. No se presenta el proyecto como norma vigente.

Valoración editorial del proyecto: diagnóstico 40/100 (peso 40%), proporcionalidad 40 (35%), alcance/transición 60 (25%): **45/100**. Evalúa justificación de política, no probabilidad de verdad.

## 3. APPA: expediente PN-2026-32905

### Identidad, fechas y documentos

[Ficha SUCOP](https://www.sucop.gov.co/entidades/minagricultura/Normativa?IDNorma=32905). La referencia inicial de vLex se contrastó con el expediente público. El registro oficial consultado dice «En consulta pública», publicación 1 de septiembre y fin `2026-09-17T04:59:59Z`, equivalente al **16 de septiembre a las 23:59:59 en Colombia**. No confundir UTC con fecha local de cierre.

- [Proyecto, 12 páginas](https://www.sucop.gov.co/formulacion_/Procesos/PN-2026-32905/Documento%20de%20consulta%20-%2065ac9de2.pdf): cuadro de declaratorias p. 2; arts. 1–6, pp. 10–12.
- [Memoria justificativa, 16 páginas, 1 de septiembre](https://www.sucop.gov.co/formulacion_/Procesos/PN-2026-32905/Memoria%20justificativa%20del%20proyecto%20PN-2026-32905.pdf).
- [Anexo técnico UPRA, 25 de agosto, 25 páginas](https://www.sucop.gov.co/formulacion_/Procesos/PN-2026-32905/anexo-44193538-_3._Anexo_tecnico_revision_APPA_Sabana.pdf): discusión de escalas y método pp. 6–18; coherencia de usos y sistemas pecuarios confinados pp. 19–21; tabla B.2 de áreas p. 23; anexos y disponibilidad para replicación pp. 24–25.

La ficha y el inventario se consultaron mediante las rutas REST públicas que usa la propia página SUCOP: `/formulacion_/_api/web/lists/getbytitle('Procesos%20SUCOP')/items(32905)` y carpeta `/formulacion_/Procesos/PN-2026-32905`. No se accedió a datos privados ni se enviaron comentarios. El inventario contiene una copia de borrador y un ZIP de anexos: no se cuentan como actos adicionales ni se afirma haber replicado todo ese material geográfico.

### Actos originales y conciliación de superficies

| Municipio | Resolución y fecha | Área ha | Localizador del original revisado |
| --- | --- | ---: | --- |
| Sopó | 000266, 13-08-2025 | 1.951,16 | art. 1, p. 7; reglas de ajuste, autonomía y control, p. 8 |
| Nemocón | 000393, 14-11-2025 | 3.393,47 | art. 1, p. 10; motivación pp. 8–10 |
| Cogua | 000116, 12-05-2026 | 2.976,17 | Diario Oficial 53.488 del 12 de mayo, pp. 4–7; art. 1, p. 7 |
| Tenjo | 000153, 12-06-2026 | 5.703,85 | art. 1, p. 8 |
| Tabio | 000218, 07-07-2026 | 1.775,74 | art. 1 y reglas de autonomía/control, p. 9 |
| **Total** | **Cinco municipios distintos** | **15.800,39** | **Coincide con cuadro B.2 UPRA, p. 23** |

Fuentes originales enlazadas en la tabla del artículo:

- [Sopó, copia del acto en Camacol](https://camacol.co/sites/default/files/descargables/RESOLUCION%20MINISTERIO%20DE%20AGRICULTURA%20No.%20266%20DE%2013%20DE%20AGOSTO%202025_compressed%5B1%5D.pdf). El antiguo enlace ministerial indexado devolvió 404; se revisó visualmente esta reproducción.
- [Nemocón, MinAgricultura](https://www.minagricultura.gov.co/fileadmin/normatividad/resoluciones/RESOLUCION_No._000393_de_2025_compressed.pdf).
- [Cogua, reproducción de Diario Oficial en Camacol](https://camacol.co/sites/default/files/descargables/MinAgricultura-Resolucion-2026-N0000116_20260512_Diario_Oficial-N053487_20260511.pdf). El nombre del archivo difiere de la edición y fecha visibles: se usa la cabecera del documento, 53.488 del 12 de mayo, no el nombre del archivo.
- [Tenjo, MinAgricultura](https://www.minagricultura.gov.co/fileadmin/normatividad/resoluciones/RESOLUCION_No._000153_de_2026_compressed.pdf).
- [Tabio, MinAgricultura](https://www.minagricultura.gov.co/fileadmin/normatividad/resoluciones/RESOLUCIONES_2026/RESOLUCION_No._000218_de_2026.pdf).

Cálculo reproducible en centésimas de ha: `195116 + 339347 + 297617 + 570385 + 177574 = 1580039`; dividir por 100. No sumar de nuevo áreas de los DTS o ZPPA. El cotejo concilia superficies declaradas y la medición reportada por UPRA; no certifica independientemente topología, límites prediales o ausencia de cualquier solapamiento cartográfico.

### Lectura de efectos

El art. 2 haría cesar hacia el futuro la determinante alimentaria de nivel 2 de estas cinco áreas. Los trámites pendientes no podrían apoyarse en los actos retirados; la derogación no modifica por sí misma los POT ni actos territoriales válidamente adoptados ni decide sobre validez originaria/situaciones consolidadas. Art. 3: diez días hábiles para actualizar información y advertencia de falta de vigencia en capas antiguas. Art. 6: vigencia desde publicación en Diario Oficial. No se verificó acto definitivo.

La protección de producción alimentaria y la autonomía municipal no son excluyentes: las resoluciones originales reconocen ambas dentro de la Ley 388, modificada por Ley 2294 art. 32. Retirar una determinante específica sí es un cambio de protección; no elimina las normas nacionales, otras APPA, POT, suelos de protección, reglas ambientales o licenciamiento aplicable. No habilita automáticamente urbanización o minería.

APPA no es ZPPA. La descripción [oficial UPRA de las ZPPA](https://geoservicios.upra.gov.co/arcgis/rest/services/ordenamiento_productivo/Zonas_Proteccion_Produccion_Alimentos_cordoba/MapServer/0) y los considerandos de Cogua, Diario Oficial p. 6, explican su naturaleza preliminar e indicativa, no equivalente a determinante territorial. No se presume reviviscencia automática de las ZPPA previas.

El anexo UPRA aporta críticas técnicas concretas sobre insumos 1:25.000/1:100.000, escalas y unidades mínimas, reconstrucción metodológica, usos principales/compatibles/condicionados y sistemas pecuarios confinados. Se atribuyen a esa revisión; no se presentan como sentencia ni auditoría geográfica independiente. Los datos no demuestran que la derogación completa sea la única solución. Faltan comparación contra corrección de polígonos y medidas equivalentes de continuidad. No se cuantifican efectos causales sobre producción o precios sin evidencia.

Valoración: diagnóstico 70/100 (40%), protección/proporcionalidad 40 (35%), claridad/transición 65 (25%) = 58,25, redondeado a **58/100**.

## 4. Pensiones: anuncios recientes, no texto radicado verificado

- [RCN, declaraciones de Andrés Forero, 3 de septiembre](https://www.noticiasrcn.com/colombia/contrarreforma-pensional-esto-propondria-el-centro-democratico-1057373).
- [El Tiempo / GDA, Claudia Margarita Zuleta, 3 de septiembre](https://gda.com/detalle-de-la-noticia/?article=6169534): elección entre ahorro individual y pilares, umbral de un salario mínimo y elección entre renta y devolución.
- [Ley 2381 de 2024](https://normativa.colpensiones.gov.co/colpensiones/compilacion/docs/ley_2381_2024.htm), art. 3 (componentes contributivos y umbral), art. 18 (semicontributivo); aplicar condiciones y transición, no una regla universal a cualquier afiliado.

Se buscó «Centro Democrático contrarreforma pensional septiembre 2026 radicación», «Forero Zuleta pensional proyecto 2026», y combinaciones con `site:camara.gov.co`, `site:senado.gov.co` y `site:leyes.senado.gov.co`. No se localizó número, gaceta de radicación ni articulado atribuible a la iniciativa de septiembre. Etiqueta: **radicación no verificada**, no «no existe».

La columna de mayo y el video de agosto permanecen como antecedentes fechados; ya no se llama al video «versión más reciente». La propuesta descrita por Zuleta no se trata como eliminación definitiva del semicontributivo. La comparación es con el diseño de Ley 2381, cuya aplicación depende del régimen y decisiones constitucionales; esta actualización no certifica un nuevo estado del expediente judicial. Se conserva explícitamente el corte del análisis judicial original. Sin articulado/transición/cálculo actuarial no se cuantifican ahorros fiscales ni resultados individuales. Balance editorial previo: 56/100, sin nueva puntuación de un texto desconocido.

## 5. PGN 2027: comparación nominal de apropiaciones

### Versiones, fuentes y trazabilidad

- [Cámara, proyecto 152/2026C](https://www.camara.gov.co/presupuesto-general-de-la-nacion-2027/): ficha con fecha de radicación original 29 de julio, devolución de agosto, enlace a nuevo texto/Gaceta 1161 y ponentes del 1 de septiembre. Es un proyecto, no ley presupuestal aprobada.
- [Expediente original descargable de Cámara](https://www.camara.gov.co/wp-content/uploads/2026/08/proyectos-ley/publicaciones/proyecto-36152/EXPEDIENTE-PL.-152-2026-CAMARA-111-2026-SENADO-PGN.zip).
- [Nuevo texto descargable de Cámara](https://www.camara.gov.co/wp-content/uploads/2026/09/proyectos-ley/publicaciones/proyecto-36152/NUEVO-TEXTO-PGN-2027.zip).
- [Hacienda, presupuesto inicial 2026](https://www.minhacienda.gov.co/web/pte/presupuesto-general-nacion/programacion/2026/decreto), [anexo de gastos del Decreto 1477 de 2025](https://www.minhacienda.gov.co/documents/d/pte/anexo-decreto-no-1477-de-2025?download=true). Archivo oficial versión 1.1 del 11 de febrero de 2026; no se denomina apropiación vigente de septiembre.

Se trabajó con los PDF locales `3.PROYECTO DE LEY PGN 2027.pdf` (original) y `3. Proyecto de Ley PGN 2027.pdf` (reformulado), además de los mensajes/anexos previamente examinados en el dossier del PGN. Se extrae solo el artículo 2 de apropiaciones, hasta la primera aparición de `ARTÍCULO 3o.`. No se vuelve a sumar el anexo repetido. Cada cifra usa la columna TOTAL (aporte nacional más recursos propios), no solo aporte nacional.

Para 2026 se usa el XLSX, no OCR del decreto escaneado. Hojas `REP_PRG135AnexoPresupuestoGener` y `Anexo Presupuesto Gener`: los valores por sección y rubro coinciden; se toma una sola hoja. Columna H para concepto, K para valor; `row` del JSON es fila Excel de inicio de sección, numerada desde 1. `page` de los proyectos es página PDF, numerada desde 1.

| Pesos corrientes, enteros | Inicial 2026 | Original 2027 | Reformulado 2027 |
| --- | ---: | ---: | ---: |
| Funcionamiento | 358124747535894 | 367697971878485 | 392559764822242 |
| Servicio de deuda | 100449708468327 | 118041374749884 | 155432453158245 |
| Inversión | 88400742916215 | 89959822890612 | 86959822890612 |
| Total | 546975198920436 | 575699169518981 | 634952040871099 |

Todas las secciones concilian A+B+C=total; todas las sumas por rubro y sector concilian con estos totales. 163 secciones iniciales y 161 en cada proyecto. Importes menores al máximo entero exacto de JavaScript. Fórmula de ambas comparaciones: `delta = reformulado - base`; `porcentaje = 100 * delta / base`; base cero → no aplica. No se deflacta; porcentajes nominales. La interfaz expresa miles de millones con dos decimales; JSON y CSV conservan pesos enteros.

Correspondencias 2026→2027 por identidad institucional: ICBF 4602→4106, INSOR 4603→2209 e INCI 4604→2210. Los sectores son grupos comparables con esa correspondencia, no adscripciones históricas sin ajustar. CNE 2804 y Comisión de Regulación de Infraestructura y Transporte 2415 no aparecen como secciones separadas en 2027: valores 2027 nulos, sin recorte individual ficticio de 100%. Su base sí se mantiene en sectores/totales; esa diferencia de cobertura limita la comparación de Registraduría y Transporte. Servicio de deuda nacional es una sección separada y no equivale solo a intereses.

### Ejemplos comprobables

DPS 4101, original p. 49: 9948648602549; reformulado p. 48: 8291115321237; diferencia **−1657533281312 COP**. Ambas páginas fueron cotejadas visualmente. ICBF, original p. 50 y reformulado p. 49: reducción de 300000000000 COP; SENA, original p. 45 y reformulado p. 44: −500000000000 COP. Presidencia 0201, p. 10 en ambos: 1252033331495→904047999202 COP. Las páginas y filas de todas las entidades permanecen en el JSON.

Frente al original, inversión cae exactamente 3000000000000 COP, funcionamiento aumenta 24861792943757 y deuda aumenta 37391078408361. El aumento total es 59252871352118 COP. Los movimientos netos no deben confundirse con anuncios brutos de austeridad o ejecución de gasto.

Los $21,9 billones anunciados para 2026 se tratan aparte. Búsquedas oficiales de recorte/aplazamiento/decreto y esa cifra no permitieron localizar y conciliar un acto definitivo con desglose por entidad. No se descuentan de la base inicial ni se presentan como ahorro ejecutado. Lo mismo exige separar los $17,4–17,5 billones anunciados de austeridad de 2027 del movimiento neto de inversión entre proyectos.

### Reproducción

Los scripts del repositorio no agregan dependencias al sitio. Usan el entorno de investigación con pypdf y openpyxl:

```text
python research/scripts/extract-pgn-ledgers.py initial.xlsx original.pdf reformulated.pdf tmp/pgn-repro
python research/scripts/build-pgn-comparison.py tmp/pgn-repro
```

El primer paso valida las dos hojas 2026 y cada sección de los PDF. El segundo aplica correspondencias explícitas, agrupa sectores y genera `public/data/pgn-2027-comparacion.json` y `.csv`. El CSV ofrece ambas diferencias por entidad/rubro; el JSON conserva datos y localizadores. La tabla permite escoger base, sector/entidad, rubro, orden y búsqueda. Ausencias y bases cero no se convierten en porcentajes.

Huellas SHA-256 de los insumos usados (permiten distinguir cambios de versión):

| Insumo | SHA-256 |
| --- | --- |
| PDF original 2027 | `1f60293cb67b5d07629e5c06da04ec3e6c1c48cb79fcae9c3b5d9ce705a1f226` |
| PDF reformulado 2027 | `493bb93d0b83b9f07964806c31d62336e9ca5ca088b16a89969541075a42dedb` |
| XLSX inicial 2026 | `ef3a0eff4ce8fb93275cc82bc3a13325161ac0daca9f147ba066762157a449cf` |
| Proyecto APPA | `a8833419c6d32c549dc07b625ed6ef709254d258284ceae7ca2ef82e07068bb5` |
| Anexo técnico UPRA | `4525e671609629e7f8a27efa16346402f606835a2fc30b8f8e7e7852adae5c3e` |
| Memoria APPA | `300706fae02b28782e633de4020fa2d682fb0b3ac5d681217fbb0ce626056b90` |
| Proyecto minero | `9d1a66c7074ebb1fa99d14ac53504f437922e651d52fa3e074bf740bf84cdb3b` |
| Memoria minera | `8a5eb8e369d20d22273af957d3c9745b8708131abca9ec866b612315a4489e20` |

Se verificaron los enlaces de expedientes 2027 en la ficha de Cámara. La descarga adicional de sus ZIP falló por resolución de dominio; no se afirma una comparación binaria contra esos ZIP. Los cálculos usan los PDF locales identificados arriba y las magnitudes contrastadas con los documentos oficiales del análisis previo. La reextracción completa con el script conservado reprodujo todos los valores y localizadores.

## Pendientes que limitan la evidencia

Acta de posesión de Educación; texto radicado de la contrarreforma; acto y anexo final de ajustes 2026; publicación definitiva de las dos derogaciones; respuesta a comentarios y auditoría geográfica completa. Estos faltantes están visibles en los artículos. No impiden informar lo documentado, pero impiden presentar los anuncios como decisiones ejecutadas o inferir impactos económicos no medidos.
